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CONVOCATORIA DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE TESIS DOCTORALES
CONVOCATORIA 2010
El Instituto de Estudios Ceutíes, con el objeto de contribuir al desarrollo de la investigación sobre Ceuta y su entorno en todas las áreas del conocimiento, convoca dos Becas para la realización de Tesis Doctorales, dotadas cada una con 1.100 euros brutos mensuales, además de un seguro médico y de accidentes, con arreglo a las siguientes Bases:
Primera
El proyecto de Tesis Doctoral tratará ineludiblemente sobre Ceuta y su entorno, cualquiera que sea el campo de conocimiento.
Segunda
Podrán optar a estas Becas aquellos estudiantes de Doctorado en Universidades y Centros de investigación de la Comunidad Europea que acrediten, mediante la pertinente Certificación Oficial, haber sido admitido en los correspondientes Programas de Doctorado y tener ya inscrito y aprobado el Proyecto de Tesis mediante el procedimiento que resulte oportuno. No obstante, se valorará particularmente la acreditación de haber obtenido la venia investigadora.
Tercera
Los optantes enviarán sus solicitudes mecanografiadas, escritas por una sola cara y por cuadruplicado, al Instituto de Estudios Ceutíes antes del 26 de febrero de 2010, incluyendo el informe del director del trabajo sobre la adecuación del tema seleccionado y sobre la idoneidad del solicitante, el currículo justificado, las certificaciones académicas oficiales compulsadas, la memoria y plan de trabajo conforme al modelo disponible en la página web del IEC, así como cuantos documentos adicionales se estime conveniente aportar. Siempre que sea posible, se entregará una copia de la documentación en formato electrónico. Aquellos trabajos cuya realización precise la utilización de equipos instrumentales u otras instalaciones complejas, deberán especificar el centro o laboratorio donde se llevarán a cabo dichos estudios, aportando además la autorización del responsable de dichas instalaciones para su utilización por el solicitante.
Cuarta
El Jurado será designado por la Junta Rectora, presidido por el Director del Instituto de Estudios Ceutíes, actuando como Secretario el del mismo, o las personas en quienes éstos deleguen, y realizará la distribución de las diversas ayudas mediante informes confidenciales realizados por expertos en cada materia por encargo del Instituto.
Los criterios para la evaluación de los proyectos serán los siguientes: Originalidad: temática inédita y novedosa; Repercusiones prácticas y proyección futura; Pertinencia y actualización de las fuentes documentales; Adecuación de la metodología; Experiencia investigadora del doctorando y del equipo; y Potencialidad como publicación del IEC.
El fallo de la Convocatoria se hará público antes de que finalice el mes de julio de 2010. Las solicitudes desestimadas y que no fuesen retiradas por los interesados, serán destruidas a partir del 1° de octubre de 2010.
No se admitirá a concurso ninguna solicitud que no se ajuste estrictamente a las Bases de la Convocatoria.
Quinta
El fallo del Jurado será inapelable y preverá poder cubrir posibles renuncias de los interesados a las ayudas concedidas, priorizando con ese fin hasta tres proyectos de entre aquellos que, habiendo merecido una evaluación favorable, no hayan podido financiarse por razones de estricta limitación presupuestaria.
La simple participación en esta Convocatoria implica la plena aceptación de las Bases que lo rigen.
Sexta
La duración de las Becas será de un año. No obstante, sus beneficiarios podrán solicitar la renovación de las mismas previa solicitud expresa por dos periodos semestrales, y por otros dos adicionales como máximo, siempre que el trabajo desarrollado en el precedente resulte satisfactorio y le haga acreedor a la misma sin que, en ningún caso, ello signifique un derecho a su prórroga automática.
Las instancias de solicitud de renovación de estas Becas, en su caso, deberán presentarse dos meses antes de la finalización de la beca concedida y se acompañarán de una Memoria justificativa del trabajo realizado y de un Informe del Director de la Tesis acerca de la adecuación de los resultados obtenidos y de las perspectivas de su finalización.
Séptima
Las Becas Doctorado serán incompatibles con cualquier otra ayuda otorgada por Entidades Públicas y/o Privadas para el mismo fin, así como con el desempeño de actividades que impidan la dedicación exclusiva a la realización de la Tesis Doctoral.
Octava
Aprobada la solicitud por la Junta Rectora, el beneficiario deberá firmar el contrato pertinente y, a partir de ese momento, cada primero de mes le será transferida a la cuenta corriente que indique el importe neto de la cantidad mencionada en el párrafo inicial.
Novena
Si transcurrido el año siguiente a la finalización de la Beca, la Tesis Doctoral no hubiese sido entregada o, en su caso, fuese considerada insuficiente por no alcanzar los objetivos mínimos contemplados en la propuesta inicial, el beneficiario quedará obligado a devolver al Instituto de Estudios Ceutíes el importe íntegro de la cantidad recibida dentro del plazo que se le indique en la resolución de la Junta Rectora que anule dicha Beca.
Décima
Una vez leída y aprobada, la Tesis Doctoral deberá ser depositada en el Instituto de Estudios Ceutíes y podrá ser consultada por los investigadores, previo permiso escrito de su autor.
Undécima
El Instituto de Estudios Ceutíes se reserva el derecho de publicación de los resultados obtenidos, si lo considera oportuno, durante el plazo máximo de tres años a partir de su entrega en el IEC. Igualmente podrá publicar un resumen de 50 folios, como máximo, de cada una de las Becas aprobadas. Dichos resúmenes deberán ser entregados por los autores junto con la Tesis Doctoral completa.
Duodécima
En el caso de publicación por otra entidad de la totalidad o de parte de los resultados obtenidos, deberá hacerse constar de forma expresa la Beca concedida por este Instituto.
Decimotercera
La Junta Rectora del Instituto de Estudios Ceutíes se reserva la interpretación de estas Bases.
Decimocuarta
En todo caso, los contratos de becas de doctorado serían firmados durante el ejercicio presupuestario del 2010, siempre y cuando exista la correspondiente partida presupuestaria.
Decimoquinta
La dotación económica de la beca será actualizada anualmente en el momento de la renovación de la misma conforme al Índice de Precios de Consumo u otra magnitud equivalente.
Ceuta, a 3 de diciembre de 2009.- EL SECRETARIO DEL I.E.C..- Fdo.: Manuel Cámara del Río.
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