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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN 2021
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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA EL AÑO 2021

La presente convocatoria de Ayudas a la Investigación del Instituto de Estudios Ceutíes para el año 2021 fue aprobada por su Junta Rectora en la sesión celebrada el 17/03/2021 con arreglo a las siguientes disposiciones:

 

Primera

Se convocan las Ayudas a la Investigación para el año 2021 en régimen de concurrencia competitiva para proyectos cuya finalidad sea el estudio y la recopilación de nuevos datos sobre la realidad de Ceuta y de su entorno, con arreglo a las Bases Reguladoras publicadas en el BOCCE n.º 5.677 de 12/05/2017.

Segunda

El importe total disponible para la presente convocatoria es de 40.000 €. Se podrán otorgar tantas ayudas como permita esta partida presupuestaria, con una dotación máxima para cada una de ellas de 4.500 €.

Tercera

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el  día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOCCE.

Cuarta

Las solicitudes se presentarán preferentemente en la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta (https://sede.ceuta.es), en el correspondiente trámite habilitado a tal fin. No obstante, será posible su presentación en las formas contempladas en el apartado 1 de la Base Reguladora tercera. En el caso de presentación en las oficinas del Instituto de Estudios Ceutíes, se requerirá concertar una cita previa en el teléfono 95651007. Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación indicada en el apartado 2 de dicha Base Reguladora, la cual se especifica en las instrucciones del trámite, adjuntando en cualquiera de los casos copia en soporte digital de todos los archivos. La experiencia investigadora se acreditará mediante la documentación que resulte oportuna.

Quinta

Las solicitudes deberán designar expresamente al beneficiario o beneficiarios de la ayuda, atendiendo al concepto definido en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y concretando su naturaleza, compromisos, representación y demás cuestiones especificadas en el apartado 3 de dicho artículo.

Sexta

El plazo para la realización de los trabajos de investigación será de un año contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOCCE de la resolución de la Presidencia del Consejo Rector del IEC que otorgue las ayudas, pudiéndose conceder una prórroga de hasta seis meses adicionales previa solicitud justificada por parte del beneficiario o el representante.

Séptima

Según lo establecido en el apartado 6 de la Base Reguladora tercera, el plazo máximo para resolver la presente convocatoria será de seis meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y tal resolución será publicada en el BOCCE.

Octava

Los costes imputables al presupuesto solicitado deberán estar estrechamente relacionados con las actividades de investigación recogidas en el proyecto y en su cronograma que se desarrollen hasta la presentación de los resultados en la correspondiente memoria final. No se consideran costes financiables, además de los que figuran en el apartado 2 de la Base Reguladora séptima, aquellos relacionados con actividades de divulgación o difusión de los resultados, como asistencia a congresos y jornadas, publicación en revistas especializadas y traducciones asociadas, organización de actos divulgativos y similares.

Novena

A los efectos de elaborar y justificar el presupuesto solicitado, el importe máximo de cada dieta será el establecido en la Orden EHA/3770/2005 y en la resolución de 2 de diciembre de 2005 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos por la que se revisa el importe de las dietas en territorio nacional establecidas en el Real Decreto 462/2002, para el Grupo 2, en la que se fijan los siguientes importes: alojamiento: 65,97 €; manutención: 37,40 €; dieta entera: 103,37 €. Asimismo, cuando el desplazamiento se realice en vehículo particular, el coste máximo de kilometraje se establece en 0,19 €/km.

Décima

Los requisitos para solicitar las ayudas y las demás circunstancias de la convocatoria constan en las Bases Reguladoras de referencia.

Undécima

Los temas de estudio que el Instituto de Estudios Ceutíes considera prioritarios son los siguientes:

- Transcripción, traducción y estudio de fuentes primarias de interés para la historia de Ceuta.

- Evolución de los ecosistemas terrestres y marinos en Ceuta como consecuencia del impacto de la acción antrópica.

- Catalogación y estudio de materiales arqueológicos recuperados en Ceuta.

- Estudio del franquismo y la transición en Ceuta.

- Diversidad cultural: de la coexistencia a la convivencia.

- Patrimonio inmaterial.

- Ceuta y los movimientos migratorios.

- Mapeo socioeducativo de Ceuta. Análisis de las opciones socioeducativas disponibles en la ciudad de Ceuta

- Investigación evaluativa sobre programas, proyectos, metodologías o recursos innovadores en el ámbito de los socioeducativo, preferentemente relacionado con la inclusión y el tratamiento de la diversidad, el desarrollo socioemocional y la educación en valores.

- La música en Ceuta.

- La literatura en español en el norte de África.

- La incidencia de la legislación estatal de carácter sectorial en el urbanismo de Ceuta.

- La pintura en el Norte de África durante los siglos XIX y XX.

- Flora criptogámica de Ceuta y su entorno.

- Invertebrados de Ceuta y su entorno: faunística, ecología, biogeografía, evolución.

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