top of page
CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN 2019
007.jpg

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA EL AÑO 2019: INNOVACIÓN EDUCATIVA EN CEUTA.

La presente convocatoria extraordinaria de ayudas a la investigación para el año 2019 fue aprobada por la Junta Rectora del I.E.C. en sesión celebrada el 23/10/2019 y fue publicada en el B.O.C.CE nº 5.941 de fecha 22/11/2019 y se regirá por las siguientes disposiciones:


Primera


Se aprueba la convocatoria extraordinaria de ayudas a la investigación para el año 2019 en régimen de concurrencia competitiva para proyectos cuya finalidad sea el estudio del estado de la cuestión sobre la innovación educativa en los centros escolares de Ceuta, la cual se rige por las Bases Reguladoras publicadas en el BOCCE n.º 5.677 de 12/05/2017.

Segunda


El importe total disponible para la presente convocatoria es de 5.000 euros. Se podrán otorgar tantas ayudas como permita esta partida económica.

Tercera


El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOCCE.

Cuarta


Las solicitudes se presentarán en la forma prevista en el apartado 1 de la base reguladora tercera y deberán acompañarse de la documentación indicada en su apartado 3, adjuntando copia en soporte digital de todos los archivos. La experiencia investigadora deberá ser acreditada mediante la documentación que resulte oportuna.

Quinta


Las solicitudes deberán designar expresamente al beneficiario o beneficiarios de la ayuda, atendiendo al concepto definido en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y concretando su naturaleza, compromisos,
representación y demás cuestiones especificadas en el apartado 3 de dicho artículo.

Sexta


El plazo para la realización de los trabajos de investigación será de un año contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOCCE de la Resolución de la Presidencia del Consejo Rector del I.E.C. que otorgue las ayudas, pudiéndose conceder una prórroga de hasta seis meses adicionales previa solicitud justificada por parte del beneficiario o el representante.

 

Séptima


El plazo máximo para resolver la presente convocatoria será de seis meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La resolución del procedimiento será publicada en el BOCCE.

Octava


Los requisitos para solicitar las ayudas y las demás circunstancias de la convocatoria constan en las Bases Reguladoras de referencia.

bottom of page