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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN 2015

CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN PARA EL AÑO 2015

 

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y MUJER

INSTITUTO DE ESTUDIOS CEUTÍES

 

 

 

El Instituto de Estudios Ceutíes (I.E.C.), en cumplimiento de sus fines, hace pública la convocatoria de ayudas a la investigación del ejercicio correspondiente a 2015.

 

Primera.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

 

La presente convocatoria tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva, las normas reguladoras de la concesión de ayudas a la investigación a proyectos cuya finalidad sea el estudio y la recopilación de nuevos datos sobre la realidad ceutí y de su entorno. En la concesión de las ayudas se priorizarán los proyectos que versen sobre aspectos poco estudiados y especialmente aquellos que traten los temas señalados en el Anexo de la presente convocatoria.

 

Segunda.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES

 

A esta convocatoria podrán concurrir investigadores de cualquier nacionalidad, individualmente o formando equipo.

 

Tercera.- DOTACIÓN

 

Se podrán otorgar tantas ayudas como permita la partida económica consignada al efecto, con una dotación máxima para cada una de ellas de 4.500 €, que serían abonados de la siguiente forma: el 10% tras la concesión de la ayuda, y el resto cuando sea aceptada la memoria final. El incumplimiento de los plazos establecidos en la entrega de dicha memoria o el rechazo de la misma por el órgano competente del I.E.C., obligará al beneficiario a la devolución del importe recibido en un plazo no superior a treinta días.

 

Cuarta.- SOLICITUDES

 

Las solicitudes se dirigirán al Instituto de Estudios Ceutíes, con dirección en el Paseo del Revellín nº 30, 51001, Ceuta, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de solicitudes tendrá como fecha límite el 27 de marzo de 2015.

Los aspirantes deberán presentar fotocopia del DNI o equivalente, currículo vitae y proyecto de investigación siguiendo el modelo establecido por el I.E.C. disponible en su página web, todo ello convenientemente desarrollado y justificado, adjuntando una copia de toda la documentación en papel y otra en soporte digital. No se sufragarán costes de material inventariable ni de retribuciones de personal. Los solicitantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus peticiones, responsabilizándose de los mismos. Los proyectos que no sigan el modelo de solicitud establecido no serán evaluados y serán directamente descartados.

 

Quinta.- SELECCIÓN DE PROYECTOS

 

La Comisión de Becas y Ayudas a la Investigación del I.E.C. será la encargada de evaluar las solicitudes presentadas y seleccionar los proyectos aprobados.

Dicha Comisión estará compuesta por: el Director del I.E.C. o persona en quien delegue, en calidad de Presidente; como Secretario, el de la Junta Rectora del I.E.C. o persona en quien delegue, con voz pero sin voto; el Vocal de Investigación, y los Decanos de las cuatro Secciones del I.E.C. El Vocal de Investigación estará facultado para adoptar las medidas necesarias en la gestión de esta convocatoria.

El Presidente de la Comisión, si lo estima conveniente, podrá solicitar informes de valoración a los especialistas que se consideren oportunos, los cuales podrán participar en las deliberaciones si así lo decide el citado Presidente.

La Comisión de Becas y Ayudas a la Investigación se reunirá y adoptará una decisión en los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo de admisión de solicitudes. Esta decisión será inapelable.

 

Sexta.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

 

Los criterios de valoración a utilizar en la evaluación de los proyectos presentados serán los siguientes:

 

a)     Originalidad de la temática.

b)    Repercusiones prácticas y proyección futura.

c)     Pertinencia y actualización de las fuentes documentales.

d)    Idoneidad de la metodología.

e)     Experiencia investigadora de los solicitantes.

f)     Potencialidad como publicación del I.E.C.

g)     Adecuación del presupuesto.

 

Asimismo, y siempre que resultara posible, se procurará cubrir los ámbitos temáticos de las Secciones en las que se estructura el I.E.C. Por otra parte, se podrá otorgar prioridad a los proyectos presentados por investigadores noveles.

 

Séptima- PLAZO DE REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS

 

El plazo para la realización de los trabajos de investigación será un año, pudiéndose conceder una prórroga de hasta seis meses adicionales previa solicitud por parte de los beneficiarios de tales ayudas. En este caso, la Comisión evaluará los motivos del incumplimiento y si lo creyese oportuno, dado el interés del trabajo, podrá de forma excepcional otorgar esta prórroga. En caso de no concederse la prórroga, se rechazará el proyecto y los beneficiarios estarán obligados a devolver la cantidad adelantada en el plazo máximo de treinta días.

 

Octava- OBLIGACIONES DEL BECARIO

 

Serán obligaciones del becario:

 

a)     Cumplir con las condiciones de la convocatoria que quedarán reflejadas en el oportuno contrato.

b)    Desarrollar el trabajo conforme al proyecto presentado junto con la solicitud.

c)     Informar sobre el desarrollo de sus investigaciones a requerimiento de la Junta Rectora o de la Comisión.

d)    A la conclusión del estudio, se entregará al I.E.C. una memoria final en la que se incluirá la metodología empleada, los trabajos desarrollados y las conclusiones o resultados finales. Esta memoria deberá presentarse conforme a las normas de publicación del I.E.C., tanto en papel como en soporte informático compatible con los estándares habituales, con el fin de su publicación en la forma que el I.E.C. estime procedente.

 

Novena- ACEPTACIÓN DE LA MEMORIA FINAL

 

La Comisión de Becas y Ayudas a la Investigación evaluará la memoria final, analizando el cumplimiento de los objetivos planteados en el proyecto inicialmente aprobado y la adecuación de los trabajos realizados, para lo que se podrán recabar informes de valoración de los especialistas que se consideren oportunos. Como consecuencia de todo ello, la Comisión decidirá aceptar o rechazar dicha memoria, siendo inapelable dicha resolución. En caso positivo, se abonará el 90% del importe concedido. En caso negativo, los beneficiarios estarán obligados a devolver la cantidad adelantada en el plazo máximo de treinta días.

 

 

ANEXO I: TEMAS DE ESTUDIO PRIORITARIOS PARA LA CONVOCATORIA 2015 DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN

 

A título meramente orientativo, se referencian aquellos temas de estudio que el Instituto de Estudios Ceutíes considera que son prioritarios. En cualquier caso, los proyectos de investigación deberán centrarse en el ámbito de estudio del I.E.C., esto es, Ceuta y su entorno, siguiéndose los criterios de valoración indicados en la base sexta de esta convocatoria.

 

-       La administración de Justicia en Ceuta desde 1415. Singularidades y estado actual.

-       El franquismo y la transición democrática en Ceuta (1940-1980).

-       Historia de Caja Ceuta.

-       La historiografía sobre Ceuta.

-       Historia y Memoria. Los espacios de memoria en Ceuta y su entorno.

-       Características actuales del Islam en Ceuta.

-       Fracaso Escolar en Ceuta y Educación Infantil: causas, evolución y soluciones.

-       Fuentes orales en relación con la historia reciente de la problemática ambiental de Ceuta y su entorno: caza y montes, pesca, balleneras, almadrabas y otros.

-       Flora briofítica de la región de Ceuta.

-       Malacofauna terrestre de Ceuta.

-       Las comunidades de arácnidos de Ceuta.

-       Especies exóticas invasoras.

-       Consecuencias ambientales del cultivo del kif en el norte de Marruecos.

-       Caracterización de las comunidades de coralígeno en las aguas de Ceuta. Estado de conservación.

 

 

 

 

Ceuta, a 31 de enero de 2015

EL SECRETARIO DEL I.E.C..

Fdo.: Manuel Cámara del Río.

 

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