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ESTATUTOS Y REGLAMENTOS

ESTATUTOS DEL INSTITUTO

DE ESTUDIOS CEUTÍES

 

Capítulo II:

De la función del IEC.

 

Art. 4: Los fines que persigue el IEC se concretan en la promoción cultural de nuestra ciudad y en el fomento del estudio e interés por sus aspectos histórico, sociológico, científico, literario, artístico, etc.

Art. 5: El IEC arbitrará los medios a su alcance para la consecución de este objetivo, entre los cuales cabe destacar los siguientes:

a) La organización de ciclos de conferencias, cursos, asambleas, congresos, exposiciones y otras actividades similares.

b) El patrocinio de ediciones de aquellas obras de carácter histórico, científico, literario,... que se consideren de interés para el conocimiento de Ceuta.

c) El mantenimiento de relaciones y la colaboración con entidades culturales, locales, nacionales y extranjeras.

d) La publicación de una revista periódica que, bajo el título de «TRANSFRETANA», recopile artículos y monografías vinculados a Ceuta.

e) La convocatoria de becas, premios y otros estímulos encaminados a incentivar y reconocer la labor desarrollada por quienes se interesan en nuestra ciudad.

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