
INSTITUTO
DE ESTUDIOS CEUTÍES
"INVESTIGACIÓN Y DIVULGACIÓN"
ORGANISMO AUTÓNOMO DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, CULTURA Y JUVENTUD DE LA CIUDAD DE CEUTA


Capítulo II
De las funciones asignadas a los miembros de la Junta Rectora
1. Funciones del director
El se encargará –personalmente o por delegación en algún otro miembro del órgano de gestión– de las siguientes funciones, salvo la última, que será indelegable:
a) Elaborar con la Junta Rectora el programa anual de actuación del IEC.
b) Convocar, presidir, dirigir, suspender y levantar las sesiones de la Junta Rectora.
c) Informar en las sesiones del Consejo Rector, a solicitud de la Presidencia, acerca de los asuntos de su competencia.
d) Emitir, asistido por los servicios y unidades correspondientes, cuantos informes le sean solicitados por la Presiden-cia del Consejo Rector del IEC.
e) Ejercer el control de las unidades y servicios del IEC, adoptando las medidas adecuadas para su mejor organización y funcionamiento.
f) Elevar las propuestas de resolución a la Presidencia del Consejo Rector para que este dicte los correspondientes decretos.
g) Ejercer cuantas facultades le sean delegadas expresamente por la Junta Rectora o por la Presidencia del Consejo Rector.
h) Firmar las propuestas de gastos que correspondan a los contratos menores suscritos por el IEC
2. Funciones del vicedirector
El asumirá las funciones del en su ausencia y ejercerá las facultades que este le asigne por delegación o las que la Junta Rectora le encomiende de forma colegiada. La sustitución del ausente servirá para cumplir el requisito constitutivo contemplado en el artículo 20. 4 de los nuevos Estatutos.
3. Funciones del secretario
El se encargará de las siguientes funciones:
a) Velar por la legalidad formal y material de las actuaciones de la Junta Rectora y las distintas comisiones del IEC, dar fe de sus acuerdos y propiciar su cumplimiento, garantizando que los procedimientos administrativos desarrollados se ajustan a la normativa vigente.
b)Preparar, de acuerdo con el director, el orden del día de las sesiones de la Junta Rectora y de la Comisión de Becas y Ayudas a la Investigación, así como la documentación vinculada, para remitirla, junto con la citación, a todos sus miembros con las prescripciones normativas establecidas.
c) Levantar las actas de cada sesión que celebren los órganos colegiados en los que actúe como tal, especificando los asistentes, las circunstancias de tiempo y lugar, el orden del día de la reunión, los puntos principales de la deliberación, así como el contenido de los acuerdos adoptados.
d) Preparar, junto con el tesorero, la documentación integrante de los expedientes de carácter económico (liquidación presupuestaria, cuentas anuales, inventario de bienes, presupuesto anual y modificaciones de crédito) que han de remitirse al Consejo Rector para su aprobación.
e) Preparar, junto con el tesorero, la documentación necesaria para las auditorías de cuentas anuales que ha de remitirse al auditor externo contratado a tales efectos.
f) Expedir los certificados oportunos a solicitud de aquellos interesados que hayan tenido alguna vinculación con las actividades culturales realizadas o los expedientes tramitados por el IEC.
g) Supervisar el cumplimiento de las tareas asignadas al personal del IEC y autorizar con su firma, cuando resulte procedente, las solicitudes de permisos formuladas de acuerdo con lo dispuesto en el convenio colectivo vigente, llevando al día el calendario de ausencias de cada trabajador/a y procurando que no se desatiendan las necesidades del servicio.
h) Efectuar el control y seguimiento de la jornada y horarios de trabajo del personal mediante un registro digital de firmas de carácter mensual que habrá de custodiar durante el plazo establecido por la normativa laboral vigente y tenerlo a disposición de los empleados y los sindicatos que los representen.
4. Funciones del tesorero
El se encargará de las siguientes funciones:
a) Preparar el borrador del anteproyecto y el proyecto de presupuesto anual del IEC para que la Junta Rectora lo refrende y someta a la aprobación del Consejo Rector.
b) Preparar, junto con el secretario, la documentación integrante de los expedientes de carácter económico (liquidación presupuestaria, cuentas anuales, inventario de bienes, presupuesto anual y modificaciones de crédito) que han de remitirse al Consejo Rector para su aprobación.
c) Preparar, junto con el secretario, la documentación necesaria para las auditorías de cuentas anuales que ha de remitirse al auditor externo contratado a tales efectos.
d) Supervisar las gestiones de índole económica que realiza el personal del IEC y mantener la relación oportuna con el contable asignado dependiente del área de Intervención.
5. Funciones del jefe de Publicaciones
El se encargará de dirigir el Servicio de Publicaciones del IEC y de gestionar, coordinar y difundir toda su actividad editorial, para cuyo desarrollo y asesoramiento contará con el apoyo de la .
6. Funciones del vocal de Investigación
El se encargará de la gestión, control y difusión de las actividades de fomento de la investigación que el IEC promueva, como las convocatorias de ayudas, becas de doctorado u otras similares, y contará con el apoyo de la .
7. Funciones del vocal de Extensión Cultural
El se encargará de la promoción de actividades de proyección cultural (jornadas, ciclos de conferencias, foros de debate, congresos, etc.) y de las relaciones del IEC con los medios de comunicación.
8. Funciones de los adjuntos
Los a la Junta Rectora asumirán las funciones que les sean asignadas en su momento por dicho órgano colegiado o por el propio en su condición de órgano unipersonal de gestión.
9. Funciones de los decanos
Los de las distintas secciones que componen el Instituto de Estudios Ceutíes, además de las funciones propias de su deca-nato que se recogen en el capítulo I, tendrán la facultad de informar a la Junta Rectora sobre las gestiones realizadas y previstas en las sesiones que celebre dicho órgano de gestión, así como de proponer a este el programa anual de actividades (jornadas, conferencias, presentaciones de libros, etc.) con la debida antelación para definir el calendario cultural del IEC.