
INSTITUTO
DE ESTUDIOS CEUTÍES
"INVESTIGACIÓN Y DIVULGACIÓN"
ORGANISMO AUTÓNOMO DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, CULTURA Y JUVENTUD DE LA CIUDAD DE CEUTA


Capítulo VI
De las dietas de los miembros del IEC
1. Participación en eventos culturales
Los miembros del IEC podrán percibir una ayuda de hasta 300 € en concepto de desplazamiento, alojamiento y manutención para participar en eventos culturales (congresos, simposios, jornadas, etc.), previa solicitud justificada y siempre que:
a) Se presente una ponencia o comunicación como miembro del IEC y se aporte la certificación oportuna, acompañada de un ejemplar de dicha contribución.
b) Se justifiquen los gastos ocasionados en los conceptos citados mediante las correspondientes facturas, teniendo en cuenta lo previsto en la resolución de 2 de diciembre de 2005 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y en la Orden HFP/793/2023, por las que se revisan los importes de las dietas y gastos en territorio nacional establecidos en el Real Decreto 462/2002, o bien en la normativa reguladora que las sustituya.
No obstante, la Junta Rectora del IEC podrá denegar estas ayudas de forma justificada, así como actualizar su cuantía teniendo en cuenta las variaciones del IPC.
2. Representación de la Institución
Cuando los componentes de la Junta Rectora u otros miembros del IEC sean designados para asistir como representantes de la Institución a cualquier evento o para realizar un servicio al IEC, sus costes de desplazamiento, manutención y alojamiento serán sufragados con cargo a la partida presupuestaria de gastos de funcionamiento en la forma establecida para este tipo de actividades.