
INSTITUTO
DE ESTUDIOS CEUTÍES
"INVESTIGACIÓN Y DIVULGACIÓN"
ORGANISMO AUTÓNOMO DE LA CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, CULTURA Y JUVENTUD DE LA CIUDAD DE CEUTA


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El artículo 19. c) de los renovados Estatutos del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Ceutíes establece que una de las funciones de su Junta Rectora consiste en «Actualizar y/o modificar el Reglamento de Régimen Interno del IEC y someterlo a la aprobación del Consejo Rector, previa conformidad del Pleno Local». Además, en su Disposición Final Primera se indica que «La Junta Rectora del IEC, en el plazo de dos (2) años desde la entrada en vigor de estos Estatutos, habrá de actualizar su Reglamento de Régimen Interno que, previa conformidad del Pleno Local y conocimiento de la Junta General, deberá ser aprobado por el Consejo Rector».
Como todo reglamento de tales características, este debe cumplir un objetivo de desarrollo estatutario del IEC, pues existen determinadas cuestiones vinculadas al funcionamiento de nuestra Institución que carecen de regulación y precisan del establecimiento de procesos reglados y mecanismos operativos de actuación. Tal es el caso de la elección de los miembros del IEC y de su Junta Rectora, prevista en los artículos 26. a) y 29. a) –respectivamente– de los Estatutos, pero también el de otros aspectos no contemplados en aquellos, como los de índole estructural o de naturaleza económica.
Este Reglamento de Régimen Interno del Instituto de Estudios Ceutíes se estructura en un total de 7 capítulos:
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El primero plantea la organización de los miembros del IEC –numerarios y correspondientes– en diversas agrupaciones de carácter académico para propiciar una mayor participación y autonomía de sus componentes y conseguir así un mejor funcionamiento de la Institución.
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El segundo se refiere a las funciones asignadas a los miembros de la Junta Rectora, que completan las contempladas en los actuales Estatutos, y recoge las de todos ellos –natos, adjuntos y decanos de sección– de manera conjunta.
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El tercero regula el proceso de elección de los miembros de la Junta Rectora incorporando la posibilidad del voto telemático.
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El cuarto establece los mecanismos necesarios para la sustitución de los miembros de la Junta Rectora.
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El quinto regula el mecanismo de elección y cese de los miembros del IEC.
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El sexto contiene la normativa aplicable para el abono de las dietas de los miembros del IEC que participen en eventos, que asistan a determinadas actividades como representantes de la Institución o que realicen un servicio al IEC.
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El séptimo y último incorpora el protocolo de colaboración del IEC con otras entidades del ámbito cultural.